Una lectura sesgada para Zubieta.

Los promotores de la incineradora de Zubieta aprovechan cualquier oportunidad para hacernos creer que el proyecto está garantizado y va para adelante. La última ha sido la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco sobre la incineradora de Txingudi hecha pública el 14 de mayo, afirman que les da la razón y se congratulan, pues no toma en consideración el conocido argumento de los 2.000 metros de distancia mínima a un núcleo urbano que establece el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. Es decir, aprovechan que el Pisuerga pasa por Valladolid...
Pero en realidad, lo que intentan que "pase de puntillas" es que el TSJPV declara nulo el Plan Especial de Ordenación de Zaldunborda. Es decir, que si la Mancomunidad de Txingudi hubiera seguido con el proyecto, en estos momentos estaría tumbado por el Tribunal. Y todo por no haber hecho un Estudio Previo de Impacto Ambiental. De buena se han librado ambos alcaldes.
Pero hay más, la no toma en consideración del argumento de las distancias no garantiza nada, pues existe jurisprudencia en múltitud de lugares (Valencia, Arazuri, Valladolid...) en que el al final, el Tribunal Supremo termina estimando el tema de las distancias, con criterios distintos a los Tribunales de Justicia de las Comuniddaes Autónomas. Es decir, que al final los 2.000 metros contarán y eso les preocupa, por eso quieren hacer creer que se congratulan.
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